miércoles, 28 de abril de 2010

LUJAN DE CUYO DESCENDIO AL "C"

Luján de Cuyo no pagó el árbitro y descendió al Torneo del Interior
El Granate está perdiendo la categoría y su presidente, Velázquez, responsabiliza a la Liga. (Andrés Larrovere / Los Andes) El club del Bajo no abonó una deuda que tenía con la terna arbitral del último partido como local ante Del Bono de San Juan. Su lugar sería ocupado por Real Arroyo Seco.
El presidente de la Liga Mendocina ratificó que Luján de Cuyo no podrá jugar la Promoción por la deuda por arbitrajes con el Consejo Federal. No hay buenas noticias para la Asociación Atlética Luján de Cuyo porque no realizó el pago del árbitro que adeudaba de su último partido de local y el sábado pasado jugó suspendido en forma provisional lo que no le permitirá sumar los tres puntos ganados ante 9 de Julio en Morteros (Córdoba).Entonces quedó en zona de descenso directo y deberá jugar por única vez como invitado al Torneo del Interior. El mayor beneficiado es Real Arroyo Seco quien se quedó con el puesto que ostentaban los Granates por su mejor ubicación en la tabla de promedios.

La última intimación del Consejo Federal llegó la semana pasada donde avisaba que si no se realizaba el pago del partido jugado en el Bajo ante Sportivo Del Bono de San Juan el viernes antes de las 20.30 automáticamente quedaba suspendido en forma provisional.La terna arbitral oriunda de Oncativo (Córdoba) con Marcelo Calle como árbitro y los líneas Carlos Guzmán y Víctor Peralta denunciaron el no pago. Ayer el presidente de la asociación que nuclea a esos árbitros Mario Luna confirmó que no recibió ningún giro de dinero por parte de Luján de Cuyo. El monto correspondiente ascendía a 3150 pesos.Entonces ésta no fue una buena temporada ya que dos equipos mendocinos perdieron la categoría. Además del Granate, Atlético Argentino deberá jugar la próxima temporada el Torneo del Interior.El presidente de la Liga Mendocina Gabriel Mostaccio estuvo ayer en el Consejo Federal de AFA y le adelantaron la decisión que tomará el organismo para con el club del Bajo DIARIO UNO DE MENDOZA
Según Mostachio, los del Bajo descendieron
El presidente de la Liga Mendocina ratificó que Luján de Cuyo no podrá jugar la Promoción por la deuda por arbitrajes con el Consejo Federal.
El presidente de la Liga Mendocina, Gabriel Mostachio, ratificó que la Asociación Atlética Luján de Cuyo "pierde la promoción", por lo cual descendió del Argentino B, debiendo jugar el año próximo en el Torneo del Interior.
Ayer, vía telefónica, Más Deportes dialogó con el titular de la entidad madre, quien se encontraba en el Consejo Federal de AFA y Mostachio hizo referencia a una deuda mantenida por la entidad del Bajo, en la que acumula la falta de pagos de aranceles a las ternas arbitrales de varios partidos.
"La deuda viene desde el año pasado, a partir del partido contra Del Bono en noviembre. Por éste, el club abonó 800 pesos a cuenta. Después, en marzo de este año no pagó las ternas de los partidos contra 9 de Julio, Unión de Villa Krause, Paz Juniors y Trinidad", comentó.
Es decir que desde aquella primera deuda, comenzó a correr "una suspensión provisoria desde el 4 de diciembre, la cual determina el Consejo Federal. Por cada partido que no pague, tras un emplazamiento a través de los boletines que envía el Consejo Federal, se descuentan 3 puntos", según dice el reglamento (artículo 34).
Entonces, "si la deuda que mantiene es importante y no es saldada, la quita de puntos lo será también. Por tal razón, este club está descendido. Ni siquiera pagando ahora lo que debe, se salva", manifestó el dirigente.
El club "fue emplazado por los pagos en las fechas 4 de diciembre. 16 de marzo, 19 de marzo, 6 de abril y 16 de abril y el 22 de abril", dijo . Con respecto a esta última fecha, el presidente de la Asociación Atlética, Marcelo Velázquez, argumentó que de la Liga solamente le informaron la deuda de la penúltima fecha, por la cual hizo el giro de dinero correspondiente al Consejo Federal.
Sin embargo, después de salir de su reunión en AFA, volvió a afirmar que la Asociación "quedó descendida por incumplimiento a los aranceles de árbitros porque no efectuó correspondientemente el pago, el cual se hace directamente a los árbitros en camarines y luego de cada encuentro. Como ellos no lo hicieron en este modo, cada terna envió un informe al Consejo Federal comentando esta falta. Luego, el Consejo emplaza. De no pagar se aplica la suspensión", antes explicada.Aclaró: "Estos movimientos se realizan desde el club al Consejo Federal. Acá no tiene nada que ver la liga" aseguró Mostachio.
En conclusión, por cierta desinteligencia y desinformación por parte del club del Bajo, por la falta de comunicación entre su delegado con la liga (intermediaria), no estuvo al tanto de cada boletín semanal enviado por el Consejo Federal y, por ende, de cada emplazamiento pues terminó pagando con la plaza en el Argentino B y ahora es Arroyo Seco el que deberá promocionar. Diario Los Andes - Analía Cuccia Baidal
Presidente de la A.A. Luján Marcelo Velázquez: "¿Cómo pagar sin recaudación?"
"De la liga me llamaron para pagar la deuda" (con respecto a la terna arbitral del partido frente a Del Bono de la penúltima fecha).
"A mí me dicen una cosa y voy a responder. Cuando pregunté si habían más deudas no dijeron nada", aseguró.
-¿Por qué no pagó a tiempo? A los árbitros se les debe pagar apenas concluye el juego.
-¿Cómo vas a pagar si no tenés recaudación?
-¿No les llegó el boletín semanal del Consejo?
-Nos manejamos con la Liga.
-Con Del Bono lo pagaron ¿y los otros?
-Hice algunos giros. A la terna puntana que nos dirigió frente a Paz Juniors le pagamos. Y al último también.
ASCENSO DEL INTERIOR PUBLICO DICHO FALLO EL JUEVES PASADO
EXPEDIENTE Nº 948/10 - TORNEO ARGENTINO "B" 2009/10Buenos Aires, 20 de abril de 2010.-VISTO

El reclamo efectuado por la terna arbitral que actuó el 18/04/2010 en el encuentro disputado entre los clubes Lujan de Cuyo (Mendoza) y su similar deSp. del Bono (San Juan), mediante el cual da cuenta a este Organismo que nopercibió por parte del Club Lujan de Cuyo la suma de $ 3.150,00; y, CONSIDERANDO
Que, el art. 34° del Reglamento del Certamen estab lece claramente el mecanismo a seguir de no efectuarse el pago en cuestión;Que, habiendo transcurrido el plazo establecido de 72 horas de disputado elencuentro, y no habiéndose efectuado el pago por parte del Club "LOCAL",corresponde correr traslado al mismo, HASTA LAS 20,30 HORAS DEL QUINTODIA HABIL INMEDIATO SIGUIENTE AL DE DISPUTADO EL ENCUENTRO QUE ORIGINO LA DEUDA, para que proceda a cancelar la suma adeudada a la ternaarbitral ante las respectivas Ligas, debiendo dar cuenta en forma simultánea aeste Organismo, dentro del plazo señalado precedentemente;Que, en tal sentido corresponde dejar establecido que al no concretarse la cancelación de la deuda, dentro del término aludido, la institución deudoraquedará automáticamente "SUSPENDIDA EN FORMA PROVISIONAL", con la aplicación de las previsiones establecidas en el art. 118° del Reglamento deTransgresiones y Penas;Que, atento a ello este Tribunal de Disciplina:
R E S U E L V E
1°) - INTIMAR al Club Lujan de Cuyo (Mendoza), HASTA LAS 20,30 HORASDEL 23/04/2010 (Art. 34° del Reglamento del Certamen), para que p roceda a darcuenta, en forma fehaciente ante este Organismo, de haber cancelado en sutotalidad la suma de $ 3.150,00 que le adeuda a la terna arbitral actuante en elencuentro que disputó el 18/04/10 con Sp. del Bono.-
2°) - Transcurrido el plazo señalado en el art. 1° y de no verificarse la cancelacióntotal de la deuda reclamada, el Club Lujan de Cuyo, quedará AUTOMATICAMENTE SUSPENDIDO EN FORMA PROVISIONAL, debiendodisputar los encuentros programados con el consecuente descuento de TRES (3)PUNTOS por cada fecha comprendida en el término de la suspensión y demásprevisiones, de conformidad con lo establecido en el art. 118° del Reglamento deTransgresiones y Penas.
3º) - Dejar aclarado que la sanción aplicada en el artículo precedente seráautomáticamente levantada por este Organismo al momento del efectivo cumplimiento (remisión del pago a la Liga a la que pertenecen los árbitrosinvolucrados); y, simultáneamente la remisión a este Organismo de la documentación respaldatoria de haber efectuado el pago motivo del reclamo. 4º) - Comuníquese; publíquese; y, manténgase en Secretaría a sus efectos.

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